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Gipuzkoa 1936
Declaraciones interesantes de Irujo
Lo que será el Estatuto Vasco

Madrid.- “Informaciones” publica las siguientes declaraciones del señor Irujo acerca del Estatuto Vasco:
-Euzkadi, llegado el momento, actual, se divide en cuatro provincias que son Alava, Guipúzcoa, Vizcaya y Navarra. El primer decreto del Gobierno en aplicación del artículo 11 de la Constitución, fué el de invitar a las cuatro provincias para ver si querían constituir el Estatuto único. Y reunidos por separado sus Ayuntamientos, contestaron afirmativamente.
Redactado el proyecto de Estatuto, volvieron a reunirse en conjunto, y entonces Navarra acordó no aceptar el proyecto presentado por no contener algunas disposiciones indispensables; pero, reunidas de nuevo las representaciones de las otras tres provincias, lo aprobaron y plebiscitado luego, obtuvo el “quorum” constitucional.
Y ante este proyecto la Cámara parlamentaria ha acordado, hasta el presente, cuatro cosas fundamentales:
Primera. – Declarar la constitucionalidad del proyecto, respondiendo a esa excepción que con respecto a Alava habían opuesto los tradicionalistas.
Segunda. – Nombrar tres ponencias para entendenr de la constitución, de las facultades y de los organismos en que se desenvuelva la vida autonómica.
Tercera. – Invitar al ministro de Hacienda para que designe los técnicos que en unión de las Diputaciones vascas, estudien la propuesta económica.
Cuarta.- Llevar el asunto con toda rapidez, a fin de que el Estatuto Vasco esté aprobado y pueda aplicarse este verano.
Las ponencias se han reunido ya, y dentro de esta semana próxima habrán terminado su labor, esperándose que el pleno de la Comisión apruebe seguidamente la totalidad del proyecto, con excepción de la parte de Hacienda, que de manera inmediata quedará adaptada.
Modalidades del Estatuto Vasco
Las modalidades que dan carácter específico a este Estatuto, con relaclión al catalán, son:
En materia económica. – La existencia de los Conciertos que constituyen una Hacienda particular del País Vasco, separada verticalmente de la Hacienda del Estado, con la cual no tiene otro nexo que el del cupo tributario fijado y las modalidades estatuídas en los reglamentos ya en vigor por aplicación del Concierto Económico.
En materia de obras públicas. – El hecho de tener ya en nuestro poder las carreteras y todos sus derivados produce, como consecuencia, la mayor facilidad para la adaptación de un régimen que no sea más que el reconocimiento de un derecho ya existente.
En materia de orden público. – Existiendo actualmente los cuerpos armados llamados forales, miñones y miqueletes, que funcionan con uniforme, ordenación y oficilaidad militares, y sobre los cuales descansa singularmente el orden público, de manera especial la zona rural, entendemos que las circunstancias de ésta, la Guardia vivil compuesta por gentes extrañas al país, desconocedoras de su lengua y costumbres, dificulta a este Cuerpo el desempeño de las funciones de policía, seguridad y orden público.
En materia de instrucción. – El hecho de carecer de Universidad el País Vasco, que ha sido el inconveniente que opuso la monarquía, para el desarrollo de su cultura, es hoy una ventaja enorme político – administrativa, porque de existir, como la de Barcelona, hubiera surgido el inconveniente de tener que debatir sobre su caracterísca y disciplina, y hoy, en cambio, podemos libremente y sin perjudicar derechos ni desdibujar personalidades plantear y resolver libremente el problema de la Universidad vasca.
Agricultura, ganadería, montes y reforma agraria. – La situación del País Vasco, por uso de sus preceptos de propio derecho y de otros por delegación, es lo cierto que la mayoría de los encargados de todas esas actividades están hoy en manos de las Diputaciones, si bien las inseguridad y la fatla de definición de la política actual dificultan y entorpecen sus movimientos que serán francos con el Estatuto.
La justicia. – Intentamos establecerla haciendo desaparecer el sistema de justicia municipal actual, y cuyos resultados todos conocemos y padecemos, sustituyéndolo por un desdoblamiento de las facultades y atribuciones de los jueces, distribuyéndolas entre éstos y los alcaldes, a los que vayan a parar los registros y la jurisdicción gubernativa. Los jueces municipales serán sustituídos por jueces de zona, de carácter letrado y no sujetos a arancel, de tal modo que los juzgados de primera instancia de distritos judiciales se subdividan en varias zonas que constituyan de hecho la primera instancia, con garantía, eficacia, baratura o gratuidad, que hoy no existe.
La lengua. – Y con ella la cultura vasca. La primera preocupación que nos lleva al Estatuto y el problema más hondo que tenemos.
La persecución de que hemos sido objeto, imponiéndonos maestros que ignoraban el euskera en extensas zonas en las que no se habla castellano, ha creado la tradición del absurdo escolar que significa la pretensión de enseñar las primeras letras e instrucción primarai total un maestro que no entiende el idioma vasco a unos escolares que no entienden el castellano, sin que sea preciso extender en ulteriores reflexiones lo monstruoso de la odiosa persecución a que hemos estado.
Toda nuestra pretensión se reduce a un sistema de cooficialidad de las dos lenguas que produzca como resultado el que todo el país las hable en un bilingüismo escolar y social de que tantos ejemplos tenemos en Europa, sirviéndonos exclusivamente del idioma materno como vehículo inicial de enseñanza.
Desde luego, hemos de establecer la gratuidad en todos sus grados, haciendo que las mejores cabezas convenientemente selecionadas sena las que ocupen el día de mañana a través de las carreras ganadas, merced a esta organización, los puestos del gobierno del Estado y la ordenación de la cultura y de la economía del país. El servicio militar aspiramos a que el beneficio que solamente tienen hoy los soldados de cuota se extienda a todos los ciudadanos, y de tal modo se concibe en un país democrático, pueden hacerla los vascos dentro de su tierra, salvando los casos de guerra y de movilización.
El sistema político. – Ha de responder a nuestra especial Constitución. El Estatuto establece un Parlamento elegido por sufragio universal y sistema de representación proporcional y un Gobierno responsable, derivado de este Parlamento, así como un Tribunal Supremo de Justicia.
Ello no obsta, a la subsistencia dentro del Estado o régimen vasco, de las autonomías que en materias propias de su competencia han de seguir teniendo Alava, Guipúzcoa y Vizcaya y, en su caso, Navarra si se incorpora.
Puede decirse como fórmula que defina la situación, que las regiones o provincias actuales conservarán todas las facultades que ahora tienen y que el Estado Vasco, en conjunto, tendrán las que se adquieran por medio del Estatuto, mas la facultad de control, coordinación y alta jerarquía sobre los restantes.
Nosotros no matamos, sino que reiteramos las autonomías históricas, pero aspiramos a que sobre ellas crezca y se desarrolle la cultura vasca, que es objeto y contenido del Estatuto.
Consejos técnicos. – Una novedad que introducimos con ánimo de afirmarla en nuestra vida política es la creación de los consejos técnicos, precisos para que el derecho civil, el sistema tributario, la vida económica, lasa actividades sociales y de revisión, protectoras de la vida y dignidad humanas, tengan en todo momento el avance a que queremos ligarnos y la solvencia y la ecuanimidad de movimientos de que no hemos de desprendernos.
Esperamos que el sentido social de la propiedad y la base fundamental del trabajo garanticen para el Estatuto Vasco un éxito que haga que nos e arrepientan quienes hoy están dispuestos a votarlo.

2006 Departamento de Cultura, Juventud y Deporte - Diputación Foral de Gipuzkoa
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